Scroll Top
Av. Europa, 16, bajo, 30007, Murcia
Av. Pinatar, 43, 2º D, 30739, San Javier

ACCIDENTE DE TRABAJO I. EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES

accidente de trabajo

ACCIDENTE DE TRABAJO I. EL DELITO CONTRA LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES

1. INTRODUCCIÓN.

El art. 316 del Código Penal castiga con penas de prisión de 6 meses a 3 años y multa de 6 a 12 meses a los que, estando legamente obligados y con infracción de la normativa en prevención de riesgos laborales, no faciliten los medios necesarios a los trabajadores para que desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, poniendo así en peligro grave su integridad física.

El art. 317 prevé la comisión de este delito por imprudencia grave.

En los casos de personas jurídicas, el art. 318 establece la responsabilidad de administradores y encargados.

2. CARACTERÍSTICAS.

Es una norma penal en blanco, que se regula mediante su remisión extrapenal a la normativa en prevención de riesgos laborales. Tipifica una conducta omisiva (falta de dotación de medios) sin atender al resultado lesivo, que castiga conductas de riesgo (peligro grave).

Pese a que se trata de un tipo de riesgo, por la jurisprudencia viene exigiéndose que ese riesgo se materialice en un resultado lesivo para el trabajador, lo que no excluye la comisión de delitos por homicidio o de lesiones por imprudencia.

3. PELIGRO GRAVE.

Sólo serán penalmente castigables aquellas conductas que supongan un peligro grave para la salud de los trabajadores, pudiendo concretándose estas en las previstas para las infracciones graves y muy graves en los arts. 11 y 12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISSOS).

Sin embargo, es prácticamente imposible de delimitar el ámbito penal del administrativo, llegando a afirmarse por la doctrina que es imposible identificar el elemento típico de “infracción de la norma de prevención”.

4. EFECTOS DE LA CONCURRENCIA CON EL ORDEN PENAL.

Conforme a lo dispuesto en el art. 3 de la LISSOS, las infracciones sancionadas en el orden penal no podrán ser objeto de sanción administrativa.

5. EL PROCEDIMIENTO PENAL FRENTE AL SOCIAL.

En el ámbito penal no se están obteniendo una respuesta unánime por parte de los Tribunales, advirtiéndose por la doctrina cierta reticencia en la aplicación del art. 316 Código Penal.

Es necesario tener en cuenta que, en el ámbito penal, la carga de la prueba corresponde a la acusación, debiendo establecerse la responsabilidad del acusado aunque sea por imprudencia.

Sin embargo, en el Orden Social, el art. 96.2 de la LRJS aporta dos importantes beneficios al perjudicado. De un parte, invierte la carga de la prueba, debiendo probar el demandado que adoptó las medidas necesarias para prevenir o evitar el riesgo. De otra parte, establece no podrá apreciarse como elemento exonerador de la responsabilidad la culpa no temeraria del trabajador ni la que responda al ejercicio habitual del trabajo o a la confianza que éste inspira.

La opción por la vía penal, sin reserva de la acción civil, excluye la posibilidad de reclamar la responsabilidad civil en el orden social (STS, Sala de lo Social, de 22/12/2014, rec. 3364/2013, ECLI:ES:TS:2014:5712). Por lo tanto, de acudir a la vía penal, lo más prudente sería reservase la acción civil, con evidente dilación e incremento de la carga de trabajo.

Ante las ventajas que establece el Orden Social y la incertidumbre que se aprecia en el Penal, no resulta muy práctico acudir a este último en los asuntos en los que se pretenda la satisfacción de una responsabilidad civil derivada de accidente de trabajo.

Fuentes:

Muñoz Arribas, J. Accidentes laborales. Unas notas en cuanto a la responsabilidades penales de los arts. 316 y 317 del C.P.

Revellles Carrasco, M. El comportamiento típico del artículo 316 del código penal. Universidad de Cádiz. 2016.

Gallo Cariddi, S.P., Interpretación jurisprudencial de la cláusula de remisión del delito “contra la seguridad de los trabajadores” (art. 316 del código penal español). Universidad de Buenos Aires. 2021.

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

Entradas relacionadas

Dejar un comentario

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies