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GRABACIONES EL ÁMBITO LABORAL.

GRABACIONES_LABORAL

Resumen y enlace al video del stream con Miguel Ruiz Calvo sobre las grabaciones de sonido en el trabajo.

RESUMEN SOBRE GRABACIONES EL EN TRABAJO.

  1. INTRODUCCIÓN

GRABACIONES DE SONIDO – INCLUYEN LA GRABACIÓN DE LLAMADAS TELEFÓNICAS.

ES UN MEDIO DE PRUEBA SUBSIDIARIO PORQUE AFECTA AL DERECHO A LA INTIMIDAD.

NO ES UNA PRUEBA VÁLIDA PARA LA REVISIÓN DE SENTENCIAS art. 193.B) LRJS.

ESTUDIAR CASO A CASO.

  1. TIPOS DE PROCEDIMIENTO
  • ACOSO LABORAL
  • RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN LABORAL
  • HORAS EXTRAS
  1. REQUISITOS
  • INTEVENCIÓN DIRECTA

–           La colocación de micrófonos ocultos es causa de despido

o          TSJ Madrid 316/2020 de 28/04

o          TSJ Valencia 1965/2015 de 06/10

  • FINDALIDAD LÍCITA

PRUEBA PRECONSTIUIDA.

PARA SU USO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO LABORAL.

NO “MERCADEAR” CON LAS GRABACIONES, DIFUNDIRLAS O REPRODUCIRLAS FUERA DEL PROCEDIMIENTO.

  • GRABAR LA CONVERSACIONES QUE SEAN ESTRICTAMENTE NECESARIAS, SI SE HA GRABADO ALGUNA QUE NO ES, SE BORRA

CAUSA DE DESPIDO – STSJ DE CANARIAS Nº384/2021, DE 02 DE JUNIO, REC. 52/2021. – TRABAJADOR QUE REALIZA GRABACIONES DE FORMA INDISCRIMINADA.

GRABACIONES. DESPIDO DISCIPLINARIO POR TRANSGRESIÓN DE LA BUENA FE.

  • ÁMBITO LABORAL – NO PUEDEN INCLUIR INFORMACIÓN DEL ÁMBITO PERSONAL
  • NO SE INDUCE O PROVOCA

NO ALIMENTAR LA EXPECTATIVA RAZONABLE DE INTIMIDAD.

NO PUEDEN INCLUIRSE EXPRESIONES O MANIFESTACIONES QUE NO HUBIERA REALIZADO EN PÚBLICO.

  • NO SE DIVULGAN

Podría cometerse un Delito de descubrimiento de secretos.

  • NO SE MANIPULAN

4. JUICIO DE PROPORCIONALIDAD

Más escrupuloso para la empresa que para el trabajador, debido al desequilibrio que hay en la relación laboral.

  • Indicios previos de incumplimiento contractual, que habiliten a realizar la grabación.
  • Medio de prueba subsidiario, afecta al DF a la INTIMIDAD: NO EXISTA OTRO MEDIO DE PRUEBA IDÓNEO, POR LO QUE ES NECEARIA PARA ACREDITAR LA VERACIDAD DE LOS HECHOS IMPUTADOS
  • Proporcional respecto del fin perseguido.

MICROFONOS OCULTOS

STC 98/2000, DE 10 DE ABRIL

DISPOSITIVOS DE CAPTACIÓN DE SONIDOS COLOCADOS PARA MAYOR SEGURIDAD DE LA EMPRESA

INFRINGE TODO ART. 18.3 CE (COMUNICACIONES) 18.4 CE (INTIMIDAD).

INFRACCIÓN MUY GRAVE CONFORME A LA LISSOS (ART. 8.11)

SANCIÓN DE 7.501 A 225.018 EUROS

GRABACIONES DE LLAMADAS CON INFORMACIÓN PREVIA PERO PARA OTROS FINES

STC160/2021.

Informados, aunque de forma errónea

Calidad del servicio

Actitud renuente (advertido varias veces de su incorrección)

Facultad de dirección

Sanción (despido) no vulnera el dcho a la intimidad

No vulnera el derecho a la protección de datos utilizar la grabación de conversaciones telefónicas con los clientes para acreditar incumplimientos del trabajador, aunque exista compromiso entre empresa y RRTT para no utilizarlas en ningún caso como mecanismo disciplinario

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