CONOCE LAS NOVEDADES PARA TU DECLARACIÓN DE IRPF DEL AÑO 2021
Hay que tener en cuanta que si el resultado de la renta es a pagar y se quiere domiciliar el pago, puede hacerse hasta el día 27 de junio. Asimismo, si se desea fraccionar el pago sin intereses, se deberá abonar antes del 30 de junio el 60% de la cuota a pagar y el 40% se podrá domiciliar para su abono el 7 de noviembre.
Este año, las novedades más relevantes a la hora de confeccionar la declaración de la renta de 2021 son las siguientes:
- Planes de pensiones: se ha reducido de 8.000 a 2.000 la cuantía máxima de aportación a planes de pensiones privados. Por su parte, los planes de empresa aumentan su límite hasta los 8.000 euros. En el caso de contar con ambos no se podrán superar los 10.000 euros.
- Nuevos tramos en IRPF: se establece un sexto tramo en la base imponible general que grava con un 47% las rentas superiores a 300.000 euros anuales y un cuarto tramo en la base imponible del ahorro que grava con un 26% las cantidades por encima de 200.000 euros anuales.
- En los rendimientos del capital inmobiliarios se ha establecido un nuevo apartado para arrendadores que llevaron a cabo rebaja del alquiler por motivos de la pandemia durante los meses de enero a marzo de 2021.
- Determinadas ayudas públicas podrán consignarse en la declaración de IRPF en cuatro ejercicios, es decir, en el período impositivo en el que se obtengan y en los 3 siguientes.
- Criptomonedas: habrá que declarar los movimientos realizados en monedas virtuales.
- Hay tres nuevas deducciones relacionadas con la eficiencia energética: aplicables sobre cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda o el local habitual o arrendado.
- Deducción por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual. Se permite una deducción del 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales. Como requisito, las obras realizadas deben suponer una reducción de al menos un 7% la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración.
- Deducción de un 40% de las cantidades satisfechas por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable realizadas desde el 6 de octubre de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2022. La deducción tiene un máximo de 7.500 euros anuales, siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30% del indicador de consumo de energía primaria no renovable, o bien, consigan una mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.
- Deducción por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial. El requisito es obtener una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo. En este caso se permite una deducción del 60% de las cantidades satisfechas, hasta un máximo de 5.000 euros anuales.
- Deberán declararse las ventas de artículos de segunda mano siempre que haya existido beneficio en la operación.