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SUBVENCIONES AL EMPLEO EN EL MUNICIPIO DE MURCIA. AÑO 2022

2022 03 26 SUBVENCIONES EMPLEO MUNICIPIO MURCIA

PUBLICADAS LAS SUBVENCIONES AL EMPLEO EN EL MUNICIPIO DE MURCIA PARA 2022

El ayuntamiento de Murcia, con la finalidad de incentivar el empleo en el municipio de Murcia, ha establecido subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación y fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia durante el ejercicio 2022.

 

Para acceder a estas subvenciones, que se podrán solicitar desde el 27 de marzo y hasta el 1 de junio de 2022, hay que cumplir una serie de requisitos.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones

  1. Para la modalidad de empleo:

Pymes y micropymes, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción.

  1. Para la modalidad de autoempleo:

Personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

La cuantía de las ayudas por la creación de cada puesto de trabajo serán las siguientes:

  • Contratos indefinidos jornada parcial 3.500 euros.
  • Contratos indefinidos jornada completa 8.000 euros
  • Alta RETA 3.500 euros

Los límites que se establecen para la concesión de las presentes ayudas, son los siguientes:

  1. a) Para la modalidad de empleo:

1º. Las ayudas quedan limitadas a un máximo de dos contrataciones por empresa.

2º. No se concederá más de una subvención por la contratación de la misma persona aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas.

3º. Las ayudas no son acumulables entre sí.

  1. c) Para la modalidad de autoempleo:

1º. Las ayudas quedan limitadas a una por persona física.

2º. Las ayudas no son acumulables entre sí.

Será subvencionable la formalización de contratos y altas en RETA que, cumpliendo con los requisitos de la convocatoria, tengan una duración mínima de 12 meses y hayan sido realizados en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de mayo de 2022, ambos incluidos.

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